En el último año han sido numerosas las cuestiones planteadas entorno a la prestación económica o ayuda a la dependencia, por familiares del dependiente. ¿Por qué todavía no se me ha reconocido el grado de dependencia?, o ¿cuándo me van a empezar a pagar? Son algunas de las cuestiones más frecuentes en este ámbito.
Y lo cierto es que, debido a la situación económica nacional y de la Región de Murcia, el IMAS (Instituto Murciano de Acción Social) ha venido incumpliendo todos los plazos señalados no sólo para reconocer la situación de una persona como dependiente y el grado a encuadrar, si no y especialmente, se ha retrasado durante años en el pago de dicha ayuda dentro de uno de los sectores más necesitados de apoyo.
Ayudas que nunca llegan. La consecuencia de dichos incumplimientos supone que, en algunos casos, el dependiente fallezca sin haber recibido ningún tipo de ayuda. En estos casos, es la comunidad hereditaria o familiares más cercanos quienes tienen derecho a exigir el pago de dicha prestación que debería haberse destinado al familiar dependiente y que nunca llegó a tiempo. Estos son uno de los casos más habituales y los Juzgados de la Región vuelven a dar la razón a dichos familiares.
Recortes en las ayudas. Otra de las consecuencias es que la Administración no resuelve en tiempo el expediente pese a los años que han trascurrido desde que se solicitó, y ahora en el momento en que se concede se limita los efectos retroactivos y se suspenden desde el año 2012. ¿Y esto que supone?
Pues que las mensualidades que debía de haber recibido desde el año 2012 hasta ahora ya nos las abona el IMAS de conformidad con el Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio. Sin embargo, la aplicación de este Real Decreto puede que no sea ajustada a derecho, es decir, que el mismo no se tenga que aplicar según los supuestos, pues antes de entrar en vigor el IMAS tenía la obligación de resolver, y este incumplimiento supone la aplicación de esta restricción.
Si es beneficiario o familiar, de estas ayudas no espere más para reclamarla judicialmente, y si acaba de recibir la notificación donde se le conceden y el importe, recuerde que tiene PLAZO DE UN MES para plantear un recurso por los dos años que le deberían haber abonado.
Nuestro equipo de letrados con larga trayectoria en el ámbito contencioso-administrativo le ayudará a reclamar su prestación, no espere que sea demasiado tarde.